Cláusula de barrera – Partidos políticos

Lleva el nombre de cláusula de barrera de partido la disposición legal establecida para «prohibir» la acción parlamentaria del partido que no haya alcanzado un determinado porcentaje de votos. También conocido como cláusula de exclusión, bloqueo, umbral o cláusula de cumplimiento, este instituto fue aprobado por el Congreso en 1995 para ser válido en las elecciones de 2006 (previsto en la ley 9096/95, Ley de Partidos Políticos), pero fue considerado inconstitucional. por la unanimidad de los ministros del Tribunal Supremo (STF), bajo el argumento de que perjudicaría a los partidos pequeños.

En Brasil, el concepto aparece con el Código Electoral de 1950. Posteriormente, la cláusula barrera reaparecería en la Constitución de 1967, en su artículo 149, VIII. Las reformas constitucionales de 1969, 1978 y 1985 modificarán la norma, que será derogada con la Constitución de 1988, incluyendo en su texto definitivo la posición contraria de los constituyentes respecto a la cláusula barrera. Sin embargo, fueron introducidos en la Ley n. 9.096 / 1995 arts. 12 y 13, que constituyen la cláusula barrera que se aplicaría en las elecciones de 2006.

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La idea detrás de la cláusula de la barrera partidista era crear un medio para controlar la proliferación indiscriminada de partidos, por temor a que muchas siglas sean solo títulos de alquiler, o incluso creados solo para recaudación de fondos o esquemas políticos turbios. En Brasil, son comunes las graves distorsiones del sistema electoral proporcional que comprometen la fluidez del proceso electoral.

Esta disposición disponía que, a partir de las elecciones de 2006, el partido que obtuviera menos del 5% de los votos nacionales contabilizados en cada elección a la Cámara de Diputados, (sin considerar blancos y nulos) no tendría derecho a representación partidaria y no podría nominar a los titulares de los comités, incluidos los CPI (Comités de Investigación Parlamentaria), además de que se les niegue el acceso a puestos o liderazgo en la Junta Directiva. Además de estas restricciones, los partidos estarían sujetos a la pérdida de recursos del fondo del partido y se les dejaría una cantidad mínima de tiempo de propaganda electoral en la radio y la televisión nacionales. Los votos deben distribuirse en al menos un tercio de los estados brasileños, que actualmente corresponde a nueve estados. Además, se necesitaría al menos el 2% del total de votos de cada uno de estos estados.

Ocurre que los partidos políticos afectados por la cláusula de barrera sintieron profundamente el golpe, principalmente porque fueron privados del fondo del partido. Estos luego se movilizaron para burlar el dispositivo, provocando varias fusiones partidistas y dando lugar a nuevas siglas.

Es importante señalar que el partido no deja de existir o se le prohíbe funcionar por el simple incumplimiento de la cláusula barrera. Para obtener el registro de su condición ante el TSE, el partido debe contar con el respaldo de al menos el 0,5% de los votos emitidos en la elección anterior para la Cámara de Diputados, sin contar los votos nulos y en blanco.

Bibliografía:
Cláusula de barrera. Disponible en: . Consultado en: 25 de octubre. 2012.
SANTANO, Ana Claudia. El tema de la cláusula barrera dentro del sistema de partidos brasileño. Disponible en: . Consultado en: 25 de octubre. 2012.

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