Derecho internacional público –

Ley internacional publica es una rama del derecho que tiene como objetivo construir un marco legal que oriente a todas las naciones y organizaciones a nivel internacional, buscando establecer un orden y un common law que regule todo comportamiento que vaya más allá del ámbito de la soberanía.

Son temas que deben tratar el Derecho Internacional Público, los Estados Nacionales. Más recientemente, se está reconociendo a las organizaciones internacionales como participantes efectivos en las relaciones legales externas.

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En definitiva, la disciplina del Derecho Internacional Público busca esbozar preceptos para un modelo homogéneo de organización internacional, en detrimento de las relaciones de coordinación, que se valoran por el peso de la soberanía yuxtapuesta, donde el país más fuerte militar y económicamente hace su punto de vista. prevalecen frente a los demás Estados con menos recursos, en efecto una relación de subordinación.

En el mundo de hoy, las relaciones de subordinación aún existen, pero poco a poco estamos asistiendo, en detrimento de ellas, aunque a veces con timidez, el predominio del ordenamiento jurídico internacional y todo el aparato que lo acompaña.

Existe un consenso entre casi todos los estudiosos de que el asunto debe su nacimiento moderno a la Paz de Westfalia de 1645, donde por primera vez se saca a la luz el concepto de soberanía entre estados en lugar de una jerarquía basada en preceptos religiosos. A partir de entonces, la idea de un entorno regido por la relación entre Estados comenzó a perfilar el comportamiento de los jefes de Estado europeos.

Con la evolución del repertorio jurídico a nivel internacional, aparatos como la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, Países Bajos, se estableció en el siglo XX como una «corte de tribunales», uno de los primeros intentos de orden internacional prácticas como las que ocurren en el ámbito interno de todas las naciones. Es precisamente en su Estatuto, más precisamente en el artículo 38, donde hemos sistematizado las fuentes a partir de las cuales se construyen las normas jurídicas del derecho internacional, a saber:

  • a) aduanas;
  • b) convenciones y tratados internacionales;
  • c) principios generales del derecho;
  • d) decisiones judiciales y doctrinas publicitarias
  • e) adicionalmente, también se consideran los actos unilaterales;

Cada una de estas subdivisiones es un canal para la elaboración de leyes de alcance internacional, siendo algunas más utilizadas, otras más antiguas. Por ejemplo, el material internacional se utilizó, principalmente antes de la Segunda Guerra Mundial, de costumbres internacionales, de práctica no escrita, pero seguido de tradiciones y gestos aceptados en todas las latitudes. Hoy predominan los tratados, miles de ellos celebrados cada año, y hoy ocupan buena parte de los manuales de la disciplina, que considera importantes todas sus fases y divisiones.

En conclusión, a pesar de todos los logros del Derecho Internacional, todavía lucha con las relaciones de coordinación, donde a menudo prevalecen los intereses de los más fuertes.

Bibliografía:
SOARES, Albino Azevedo. Noción de Derecho Internacional Público y su diferencia con otros sistemas normativos. Lecciones de Derecho Internacional Público, Coimbra Editora Lda., S / d. Disponible http://octalberto.no.sapo.pt/nocao_de_direito_internacional_publico.htm. Consultado el 05/06/2011.

RIBEIRO, Juliana. Derecho internacional I. Disponible http://www.professorajuliana.adv.br/web/materialdeapoio/apostilas/Apostila%20Dir%20Internacional%20I.pdf. Consultado el 05/06/2011.

Rezek, JF «Derecho internacional público – Curso elemental», Ed. Saraiva, 8ª edición, 2000.

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