Derecho Procesal Civil – Derecho

Derecho Procesal Civil es una rama del derecho público que aglutina el repertorio de normas jurídicas orientadas a regular la jurisdicción, la acción y el proceso, creando el repertorio fundamental para que los conflictos civiles y no especiales puedan ser adecuadamente abordados.

Es a través del proceso que tendremos la composición de la disputa, es decir, el apoyo que organiza los trámites a seguir para la cesión del derecho. El asunto tiene sus líneas fundamentales proyectadas por el derecho constitucional.

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O proceso civil se divide en tres partes principales: a) proceso de conocimiento; b) proceso de ejecución; c) proceso judicial. En la primera parte, del conocimiento, se instituye el proceso para el reconocimiento del derecho; en el segundo, tal derecho ya está reconocido, buscando su adquisición física, teniendo como instrumento una sentencia previamente constituida o el llamado título ejecutivo extrajudicial. En la tercera división del procedimiento civil, el objetivo es asegurar que un determinado derecho no pierda su integridad.

Principios que orientan los lineamientos del derecho procesal civil son:

  1. Principio de imparcialidad del juez: Para garantizar la validez y equidad en el proceso, un juez debe actuar con imparcialidad, evitando acciones sesgadas que terminen favoreciendo a una de las partes. La posición del juez en el proceso es situarse por encima de las partes para poder juzgar eficazmente. Su imparcialidad es fundamental para el buen desarrollo del proceso.
  2. principio de igualdad: Ambas partes deben ser tratadas por igual por el juez. Su fundamento se sustenta en el artículo 5 de la Constitución Federal.
  3. Principio antagónico y defensa plena: Se garantiza a las partes involucradas en el proceso el pleno derecho a expresarse sobre los asuntos relacionados con el proceso, así como a defenderse de cualquier tema que se plantee en el proceso.
  4. principio de accion: También llamado principio de demanda, garantiza a la parte la iniciativa de provocar el ejercicio de la función jurisdiccional (es decir, derecho garantizado de acceso a los servicios que ofrece el Poder Judicial).
  5. Principio de disponibilidad e indisponibilidad: Este principio se refiere al dispositivo de poder, que es la libertad garantizada a todo ciudadano para ejercer sus derechos. En derecho procesal, este principio se traduce en la posibilidad o no de presentar su reclamo ante los tribunales, como mejor le parezca.
  6. Principio de libre investigación de pruebas: En este principio, se establece que el juez depende de la prueba aportada por las partes para que pueda fundamentar su decisión.
  7. Principio de economía e instrumentalidad de formas.: El proceso, como instrumento para medir el derecho, no debe tener un gasto exagerado en relación con los activos en disputa.
  8. Principio de doble jurisdicción: Mediante este principio se garantiza la revisión de la resolución procesal. Así, el ciudadano puede tener derecho a un nuevo juicio además del dictado por el juez de primera instancia (o de primer grado).
  9. principio de publicidad: El principio de publicidad garantiza que el ciudadano tenga acceso a la información sobre el proceso, quedando prohibido el secreto, garantizando un importante instrumento de fiscalización popular.
  10. Principio de motivación de las decisiones judiciales: El juez debe formular coherentemente su decisión, demostrando inequívocamente cómo se redactó una determinada sentencia.

Bibliografía:
http://intervox.nce.ufrj.br/~diniz/d/direito/pp-PROCESSUAL_PENAL_SARAIVA.doc

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