Ley de cuotas para la educación superior – Educación

Con la promulgación de la Ley N ° 12.711 de 29 de agosto de 2012, la ley de cuotas para la educación superior, que determina que las 59 universidades federales y los 38 institutos de educación federales reservan el 50% de su matrícula por curso y turno para estudiantes que hayan cursado estudios completos en la escuela secundaria pública, así como en la educación de jóvenes y adultos y cursos regulares. La ley mencionada en su artículo 1 prescribe que estos estudiantes deben ser de familias con un ingreso per cápita igual o menor a 1,5 salarios mínimos. Veamos:

Art. 1 Las instituciones federales de educación superior vinculadas al Ministerio de Educación reservarán, en cada concurso selectivo de admisión a cursos de pregrado, por curso y turno, al menos el 50% (cincuenta por ciento) de sus vacantes para los estudiantes que hayan cursado la Curso completo Bachillerato en colegios públicos.

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Se debe tener en cuenta para la distribución de cuentas en cada estado en una proporción al menos igual a los autodeclarados negros, indios y pardos del estado federado donde se ubica la institución, con base en el último censo del Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), siendo el resto de vacantes a ser cubiertas por estudiantes de secundaria que hayan cursado estudios completos en escuelas públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la ley mencionada en el artículo 3, Título, y su único párrafo.

El Ministerio de Educación, así como la Secretaría Especial de Políticas de Promoción de la Igualdad Racial, serán los encargados de vigilar el fiel cumplimiento de lo que determina la ley. Se escuchará a la National Indian Foundation, más conocida como Funai.

Cabe señalar que no habrá separación de negros, indígenas y pardos en cuanto a criterios raciales, ya que el propio Ministerio de Educación orienta a las universidades federales ubicadas en los estados de la federación donde existe una gran concentración de indígenas, quienes utilizan Criterios adicionales dirigidos a ellos, por supuesto, dentro del criterio de la raza y con la libre autonomía de las instituciones.

Esta ley es válida para todos aquellos que hayan estudiado en escuelas públicas, recordando que tomamos como público el concepto de Ley de Lineamientos y Base de la Educación, que es la Ley No. 9394/96, artículo 19, inciso I, que dice:

Art. 19. Las instituciones educativas de diferentes niveles se clasifican en las siguientes categorías administrativas:

I – públicos, entendidos como aquellos creados o incorporados, mantenidos y administrados por el Gobierno

Estas acciones afirmativas tienen como objetivo reducir las desigualdades sociales en nuestro inmenso Brasil, que afectan principalmente a negros, indios y pardos, y así minimizar los terribles efectos sociales que el prejuicio provoca en la vida de estas personas.

Hay quienes dirán que la ley de cuotas en la educación superior es injusta, que quienquiera que esté debe ganar esta oportunidad por mérito. Pero, ¿cómo hablar de mérito en un país donde algunos tienen mucho y miles casi no tienen nada? Podríamos hablar de meritocracia si el punto de partida fuera al menos digno de todos. Entonces sería justo que solo un estudiante que ganó su lugar por mérito puro ingrese a una universidad pública. Estas acciones deben durar al menos hasta que un día se convierta en algo común ver más negros, pardos, indios circulando en las universidades federales de todo Brasil. Brasil le debe mucho a nuestros antepasados ​​negros e indios, lo que nos hace concluir que la ley de cuotas en la educación superior es necesaria como una de las formas de reparar tal negligencia e injusticia.

Ciertamente, el día en que la mayoría de los pobres, incultos y delincuentes sean menos frecuentes, sean negros, morenos o indígenas, cabe destacar que estas acciones afirmativas ya no tendrán razón de existir, porque si no, seremos en ese caso de una grave injusticia.

Bibliografía:

LEY N ° 12.711, DE 29 DE AGOSTO DE 2012, Disponible en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2012/lei/l12711.htm

Sistema de cuotas. Disponible en: http://portal.mec.gov.br/cotas/perguntas-frequentes.html

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