son llamados Ordenaciones alfonsinas una colección de leyes diseñadas para regular la vida doméstica de los súbditos del Reino de Portugal desde 1446, durante el reinado de D. Afonso V.
Las ordenaciones (colección de órdenes, leyes) llevaban el nombre del monarca reinante por pura convención, ya que todavía era menor de edad y tenía poca participación en su composición. De hecho, las disposiciones contenidas en este códice comenzaron a elaborarse durante el reinado de D. João I (1385-1423). La obra continuaría sin completarse durante todo el reinado del próximo monarca, D. Duarte (1423-1438), aunque durante el gobierno de la citada se utilizó una recopilación provisional y cronológica de las mismas leyes, denominada «Ordenações de D. Duarte» king, como documento preparatorio del texto definitivo, siendo utilizado junto con otro texto preparatorio para las ordenaciones, el Libro de Leyes y Posturas.
Con la muerte de D. Duarte, el director D. Pedro determinó una revisión del proyecto, introduciendo algunas alteraciones en el texto. Se cree que tales revisiones terminaron en 1448, aún durante la regencia de D. Pedro, aunque es cierto que las Ordenanzas Afonsinas tienen leyes redactadas hasta 1454. Los análisis contemporáneos hechos en los textos atestiguan que los compiladores aprovecharon muchos leyes existentes, siendo fuentes canon y derecho romano, directamente o mediante comentaristas.
Las Ordenanzas Alfonsinas están organizadas en cinco libros, siguiendo la organización de las Decretales de Gregorio IX (1234 – colección de normas pontificias). Todos los libros van precedidos de un preámbulo, siendo el primero más largo que el resto ya que contiene la historia de la creación del mismo código. El libro II está dedicado a los bienes y privilegios de la Iglesia, los derechos reales y su colección, la jurisdicción de los becarios, las prerrogativas de la nobleza y la legislación especial para judíos y moros. El Libro III trata de los Actos Judiciales, los procedimientos para postularlos. En el libro IV se encuentran los temas relacionados con el derecho civil de la época. El libro V trata de los delitos, penas y castigos respectivos.
A pesar del extenso plazo que lleva su composición, las Ordenanzas Alfonsinas tienen lagunas que impiden que se considere un sistema completo, especialmente la parte de derecho privado que omite algunos institutos y recuerda excepcionalmente a otros a otros. Además, la estructura de las Ordenanzas Alfonsinas difiere mucho de los códigos modernos, no estando en desventaja en comparación con códigos análogos en otros países europeos. Incluso con sus defectos, representan un momento importante en la evolución del derecho portugués, simbolizando el final de la evolución legislativa que se había producido desde el reinado de Alfonso III y también sirve de base para las siguientes ordenanzas, las ordenanzas manuelinas y filipinas, que se limitaron a actualizar este códice. Pronto, sin embargo, en el reinado del rey Manuel I (1469 – 1521), las Ordenanzas Manuelinas reemplazarían a las Afonsinas, que nunca se imprimieron.
Bibliografía:
SAUCE, Augusto. Ordenaciones alfonsinas. Disponible en:
VILAR, Manuel Dória. Ordenaciones alfonsinas. Disponible en: