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Conjunto de obligaciones legales militares impuestas a los ciudadanos para contribuir a la eventual defensa de su país mediante las armas; el tiempo que los jóvenes franceses pasan bajo la bandera para darles entrenamiento militar y dotar a las autoridades públicas de una fuerza armada capaz de garantizar, en tiempo de paz, las misiones de seguridad que incumben al país.
DEFENSA
1. La ley del 21 de marzo de 1905
1.1. Servicio nacional obligatorio
La ley del 21 de marzo de 1905 abolió definitivamente todas las exenciones y dispuso que:
– 1 ° el servicio es nacional (nadie es admitido en las tropas francesas a menos que sea francés o francés naturalizado; los extranjeros solo pueden servir bajo un estatus especial);
– 2 ° el servicio es estrictamente personal (nadie puede ser reemplazado);
– 3 el servicio es obligatorio para todos los hombres (excepto por incapacidad física);
– 4 ° el servicio es igual para todos en duración;
– 5 ° el servicio es un honor.
Se incorpora todo el contingente; Las juntas de revisión clasifican a los jóvenes con constitución débil en una categoría especial denominada «servicio auxiliar». Los sustentadores realizan su servicio, pero sus familias reciben un subsidio en efectivo. Los estudiantes solo se benefician del favor de obtener un «aplazamiento de incorporación» para no interrumpir sus estudios. Finalmente, la formación de cuadros de reserva entre los hombres del contingente se organiza durante el servicio activo, y se prevén serias obligaciones militares en las reservas.
Este sistema de reclutamiento, que por primera vez puso en práctica plenamente los principios del ejército nacional, dio máxima eficiencia al ejército movilizado, del cual el ejército activo no era más que la vanguardia y el núcleo permanente de instrucción. Se logró así una revolución en relación con los ejércitos profesionales del siglo anterior. Permitió a Francia afrontar victoriosamente las pruebas de la Primera Guerra Mundial. La naturaleza total de esta guerra fue extender al sector civil el empleo de personas en actividades económicas o administrativas necesarias para la defensa del país. Por lo tanto, se esperaba que a ciertos ciudadanos se les asignaran asignaciones «especiales» fuera de las fuerzas armadas durante la movilización. Esta prórroga fue consagrada en la ordenanza del 7 de enero de 1959 que creó la servicio Nacional a los que están sujetos, ya sea en virtud del servicio militar, o en virtud de un servicio civil conocido como defensa, todos los ciudadanos entre 18 y 60 años, siempre que tengan la capacidad física necesaria.
1.2. Formas civiles de servicio nacional
El servicio nacional, a partir de entonces, se regía por la ley de 10 de junio de 1971, siendo sus modalidades de ejecución, a lo largo de los años, en gran medida adaptadas y diversificadas. El servicio nacional, obligatorio para los hombres jóvenes y voluntario para las niñas, podría adoptar una forma militar (servicio militar en las fuerzas armadas – ejército, fuerza aérea, marina – o en la gendarmería) o una forma civil.
Distinguimos 5 formas civiles de servicio nacional, regidas por ley:
– el servicio de asistencia técnica (en los departamentos y territorios franceses de ultramar, 1965);
– el servicio de cooperación (en el extranjero, 1965; en particular, puede llevarse a cabo en el ámbito empresarial);
– el servicio de los objetores de conciencia (1983) – el servicio de seguridad civil (en el cuerpo de bomberos auxiliares, 1992).
A estas formas civiles se agregaron 8 protocolos para poner a disposición de los ministerios civiles los reclutas del servicio militar. Estos protocolos fueron concluidos entre el Ministerio de Defensa y los siguientes ministerios o administraciones: Veteranos (1976), Repatriados (1983), Formación profesional (1983), Handicapés (1991), Ville (1991), Emploi (1992), Medio ambiente (1993). ).
El servicio nacional incluía obligaciones de actividad y obligaciones de reserva. La duración del servicio legal activo fue reducida por la ley del 4 de enero de 1992 de 12 a 10 meses (excepto para quienes cumplieron su servicio bajo asistencia técnica o cooperación, quienes debían cumplir 16 meses, y para los objetores de conciencia, quienes fueron servir 20 meses).
En 1983 también se puso en marcha una fórmula de voluntariado de larga duración (VSL), que permitió a los reclutas ampliar su servicio militar de 4 a 12 meses, en particular con el objetivo de prepararse para la integración profesional.
2. El servicio nacional reformado
La importante reforma de defensa iniciada en 1996 (reducción drástica de personal y transición gradual a un ejército profesional, prevista por la ley de programación militar para 1997-2002) llevó a una modificación radical del servicio nacional reformado por la ley del 28 de octubre de 1997 .
La conscripción está suspendida a partir de 2002. Hombres y mujeres jóvenes (estas últimas desde 1er Enero de 1999) deben completar un «curso ciudadano» que incluya el censo desde su decimosexto cumpleaños, información sobre defensa emitida por el Día Nacional de Educación y Defensa y Ciudadanía (JDC) [anciennement appelée journée d’appel de préparation à la défense (JAPD)]. El servicio nacional obligatorio se sustituye por el servicio voluntario, abierto a jóvenes de 18 a 26 años, por un período de 1 a 5 años. Si es necesario, se podría restablecer el servicio militar obligatorio.