Juzgado de represión encargado de juzgar de manera definitiva y sin recurso los delitos, así como las faltas y contravenciones que se relacionen con ellos.
CORRECTO
El Tribunal de lo Penal
El Juzgado de lo Penal juzga los delitos (por ejemplo: homicidio, asesinato, violación, actos de barbarie) cometidos por particulares y aquellos por los que las personas jurídicas (empresas, partidos, sindicatos, asociaciones, autoridades locales) son penalmente responsables. También juzga las infracciones y las infracciones conexas. Puede pronunciar sentencias de prisión o detención criminal de por vida o de por vida, posiblemente acompañadas de un período de seguridad, multas o sanciones adicionales (como la confiscación). Las personas jurídicas pueden ser sancionadas con multa o con sanciones específicas (clausura, disolución, prohibición del ejercicio de una actividad, etc.).
El Tribunal de lo Penal no es permanente; en principio, se encuentra en la capital de cada departamento, durante sesiones trimestrales. Es una jurisdicción mixta, compuesta por tres magistrados y nueve jurados. Los jurados, ciudadanos franceses mayores de 23 años, se seleccionan al inicio de cada caso de una lista de sesiones (cuarenta jurados y doce jurados suplentes). Esta lista se extrae a su vez de una lista departamental anual, resultado también de un sorteo realizado en los ayuntamientos a partir de las listas electorales. En materia de terrorismo, narcotráfico o en el caso de delitos de carácter militar cometidos en tiempo de paz, el Juzgado de lo Penal está integrado exclusivamente por siete magistrados profesionales.
El procedimiento ante el Tribunal de lo Penal es oral. Las condenas de los jueces se basan en debates y no en documentos – los jurados deciden en virtud de su «convicción íntima» – de ahí la importancia de las declaraciones de agentes de la policía judicial, peritos y testigos. El tribunal (magistrados profesionales) y el jurado deliberan y votan juntos. Las decisiones desfavorables para el acusado (por ejemplo: veredicto de culpabilidad) se toman por mayoría de al menos 8 votos. El acusado declarado no culpable es absuelto.
La apelación de una sentencia del Tribunal de lo Penal se presenta ante otro Tribunal de lo Penal, que luego está integrado por doce miembros del jurado (la mayoría del veredicto de culpabilidad es de 10 votos).