Unión estable – Derecho –

Bajo la ley brasileña, se llama Unión estable la relación de convivencia entre hombre y mujer que sea duradera y se establezca con el objetivo de formar una familia. Según la ley, un matrimonio de hecho debe equipararse con el matrimonio y su conversión en matrimonio debe facilitarse en la mayor medida posible.

En la práctica, el matrimonio y el matrimonio de hecho solo difieren en relación con la burocracia involucrada. Mientras que un matrimonio requiere varios documentos y trámites con las oficinas de registro de personas físicas, un matrimonio de hecho depende únicamente de una escritura pública emitida en una oficina de registro. La ausencia de una escritura de matrimonio de hecho no la invalida a los ojos de los jueces que pueden reconocerla mediante el análisis de requisitos.

Para ser reconocido formalmente, debe ser público, continuo y duradero. Además, las partes deben demostrar una intención inequívoca de formar una familia. Por ello, una simple relación de pareja, incluso cuando da lugar a una unidad familiar en sí misma, no se traduce en una unión estable. El simple objetivo de hacerlo no es suficiente, debe haber una intención inequívoca.

El nuevo código civil no menciona el período mínimo de convivencia para que se oficialice la condición de unión estable; es una condición subjetiva, sujeta a evaluación: el único hecho contenido en la ley establece que la relación debe ser “duradera”. Otro dato que puede traer cierta confusión es que, para la configuración de una unión estable, no es necesario que la pareja conviva. Ambos pueden incluso tener domicilios diferentes, pero su relación se considerará una unión estable siempre que existan elementos que lo prueben, como la existencia de hijos.

Al mismo tiempo, para que un matrimonio de hecho se disuelva, debe ser reconocido de antemano, una tarea requiere mucha cautela, considerando que cuestiones importantes como la custodia de los hijos, reparto de bienes, pensión alimenticia y otros pueden estar involucrados en la disolución. . Dada la complejidad que implica reconocer y / o disolver un matrimonio de hecho, los jueces valoran pruebas escritas (cartas, notas, declaraciones), fotografías, declaraciones de testigos, en definitiva, cualquier cosa que pueda ser útil para probar la conexión.

En el matrimonio de hecho, prevalece el régimen de propiedad comunitaria parcial, pero puede haber un contrato entre las partes sobre los bienes, con la misma flexibilidad permitida en el acuerdo prenupcial. Si la pareja vive sin la elaboración de escritura pública o si en ella no se establece nada en relación con el régimen de propiedad, en caso de separación, se aplican las reglas de comunión parcial de propiedad.

Bibliografía:
DO AMARAL, Sylvia Maria Mendonça. Estándares de Unión Estable. Disponible en: .

Unión estable. Disponible en: .


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