Voto nulo y voto en blanco – Elecciones

Voto nulo y voto en blanco son los nombres que se dan a dos tipos de abstención de cualquier consulta electoral. Con origen tanto en un error en la expresión del voto como en una forma de protesta como en la falta de interés en la elección, los votos en blanco o nulos son generalmente excluidos del cómputo final de votos, considerando solo el resto, el votos válidos.

El voto en blanco es el voto sordo o la ausencia de un voto. En las elecciones realizadas con papeleta, basta con que el elector no rellene ningún campo del documento. En Brasil, donde el sistema de urnas electrónicas para todas las elecciones se ha implementado desde hace algún tiempo, en todas las regiones del país, existe una opción específica, un botón entre las opciones de votación, en color blanco, que permite al elector realizar la elección consciente votando en blanco, validando su elección con la tecla «confirmar».

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El voto nulo, en cambio, es, en casi todos los casos, la forma velada y consciente de protesta o alienación antes de la consulta, o incluso un error cometido por un elector que aún no está familiarizado con el procedimiento de votación. En la votación por balota, un voto nulo es aquel en el que hay un borrado que no coincide con el formulario, o incluso un nombre, marca, mensaje o firma que no está de acuerdo con la formalidad requerida. En la urna electrónica, no existe una opción específica para cancelar el voto, y el elector debe utilizar las claves para confirmar un número que no pertenece a la lista de candidatos elegibles.

Según la interpretación del TSE (Tribunal Superior Electoral), no se consideran votos nulos y en blanco; estrictamente hablando, es como si no existieran, son computados por el Tribunal Electoral solo para uso en investigación estadística. De todos modos, no se consideran votos válidos. Los votos en blanco, sin embargo, fueron de acuerdo con el Código Electoral de 1932, incluido en el cálculo del cociente electoral, que sirve para decidir sobre las vacantes en las elecciones del sistema proporcional (que incluye concejales, diputados estatales, diputados federales). Tal inclusión fue controvertida y muchos entendieron que existía una contradicción entre la ley electoral y la constitución, cada una defendiendo la validez o exclusión del voto en blanco. Finalmente, con la llegada de la nueva Ley Electoral, número 9504/97, los votos en blanco dejaron de incluirse en el cómputo, considerándose nulos, junto con los votos nulos.

Existe una cierta orientación de los medios de comunicación en general, que propaga la idea de que ambas modalidades de nulidad de votos serían perjudiciales para la democracia, y que no hacen nada para fortalecer la conciencia política de la población. Sin embargo, el sistema democrático vigente garantiza al votante la plena expresión de su voluntad, incluso si se anula su voto.

Bibliografía:
Comprende la diferencia entre votos en blanco y nulos. Disponible en: http://noticias.band.uol.com.br/eleicoes2012/outras-cidades/noticia/?id=100000539364. Consultado en: 25 de octubre. 2012.

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