procedimiento a seguir –

(para proceder)

Forma según la cual se conducen, instruyen y juzgan los juicios o se practican los actos de ejecución forzosa.

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CORRECTO

los proceso administrativo, de tipo inquisitivo, está dirigida por el juez a quien se dirige la solicitud y quien regula todo el curso del juicio. El procedimiento es escrito y las presentaciones orales son limitadas. No hay un fiscal, sino un comisionado del gobierno que presenta conclusiones. La presencia de un abogado es normalmente obligatoria, excepto en determinados asuntos, incluidos los recursos por abuso de poder. Los recursos se cierran en plazos estrictos, no son suspensivos y sólo pueden dirigirse contra una decisión previa de la Administración.

En la Procedimiento Civil (Donde derecho judicial privado), son las partes las que inician el proceso, salvo los raros casos en que el juez puede actuar de oficio, cuyo típico ejemplo es el pronunciamiento de concurso o liquidación judicial. Las partes también tienen la posibilidad de detener el procedimiento antes de la sentencia o de su caducidad por desistimiento, transacción o allanamiento. El juez tiene, en particular durante la investigación, la facultad de fijar plazos y ordenar las medidas necesarias para el buen desarrollo del proceso. Debe esforzarse por respetar el principio de lo contradictorio; las actuaciones son orales y públicas, en la medida compatible con el respeto a la intimidad de las personas y el mantenimiento del orden en la audiencia. El juez debe pronunciarse sobre todas las solicitudes y no puede pronunciarse más allá de las solicitudes (ultra-petita). Califica sin calificación los hechos presentados y recalifica los que considera presentados con calificación errónea.

Al igual que el Código de Instrucción Criminal de 1808, pero en distintas proporciones, el Código de procedimiento penal combina características de los procedimientos contradictorios e inquisitivos. La iniciación del procedimiento resulta o de la acción del Ministerio Público, o de la de la víctima que es parte civil. El procedimiento generalmente comprende tres etapas: la investigación preliminar o flagrante, la investigación preparatoria o información y la sentencia. Las contravenciones, como muchos delitos, generalmente se juzgan sin investigación previa. Las dos primeras fases, dedicadas a la búsqueda de pruebas, se desarrollan sin publicidad, pero tanto el imputado como la parte civil son, ante el tribunal de instrucción, asistidos por su abogado, que tiene acceso al expediente. Los delitos son objeto de una investigación obligatoria por el juez de instrucción y luego por la sala de acusación. La fase de juicio es oral, pública (excepto a puerta cerrada) y contradictoria en la tradición acusatoria.

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