Código de Protección al Consumidor (CODECON) – Ley

Las relaciones con los consumidores siempre han sido motivo de numerosos desencuentros entre las partes y, en consecuencia, futuros litigios. En esta relación en la que el proveedor o vendedor está de un lado y el consumidor final del otro, siempre ha sido muy injusto, ya que el consumidor individual siempre fue la parte más débil en esta historia y por ello el más perjudicado. En Derecho del Consumidor, llamamos insuficiente a la persona en el polo más débil de esta relación, es decir, la parte que es más débil en esta relación.

Esta percepción llevó al entonces diputado federal Geraldo Alckmin a presentar un proyecto de ley en 1990 con el objetivo de proteger las relaciones con los consumidores. En julio de 1990, el proyecto de ley fue aprobado por el Congreso Nacional y enviado a sanción presidencial, que se llevó a cabo en septiembre del mismo año por el entonces presidente de la República Fernando Collor de Melo, con algunos vetos parciales.

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Luego, el 15 de marzo de 1991, fecha en la que se conmemora el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, entró en vigencia nuestro conocido CRC.

O codigo de DEFENSA del consumidor Es uno de los ordenamientos jurídicos más modernos del mundo, ya que abarca normativas y principios de diversas ramas del derecho, como la responsabilidad objetiva, que en las relaciones con el consumidor, una vez que se presume la hipoactividad, requiere la inversión de la carga de la prueba. .

En la actualidad, cualquier tipo de práctica abusiva en una relación con el consumidor donde el consumidor es el destinatario final de ese producto, constituye un delito contra las relaciones con el consumidor. Esto es exactamente lo que acaba de leer, es decir, si reclama su Derecho de Consumidor y su reclamo es resistido por la parte contraria, puede solicitar la presencia de una autoridad policial y solicitar que se registre una denuncia policial por el delito contra el relaciones de consumo, es decir, todos van a la comisaría. El CDC, como se conoce popularmente al Código de Protección al Consumidor, le dio al consumidor, la parte insuficiente de esta relación, las condiciones necesarias para luchar por sus Derechos y asegurar su cumplimiento.

Recientemente, el Senado Federal en Brasilia aprobó una reforma para mejorar el Código de Defensa del Consumidor, que incluyó temas como el control del sobreendeudamiento, regulación del comercio electrónico (que incluye la obligación del proveedor de informar al consumidor y a las autoridades sobre la fuga de datos y compromiso, aunque parcial), el fortalecimiento de Procons y la lucha contra los abusos publicitarios. Ahora el proyecto de reforma va a votación en la Cámara de Diputados.

Mucha gente no sabe, incluidos los abogados veteranos, que la relación entre abogados y clientes es una relación de consumidor, y ambas partes pueden exigir una indemnización en los tribunales por daños y perjuicios si se sienten perjudicados. Esta información es de suma importancia para ambos lados de esta relación, que a menudo es tan controvertida.

Preste atención a sus Derechos, dado que a diario se les falta el respeto a las relaciones con los consumidores. El Código de Defensa del Consumidor está ahí para eso, es decir, para hacer cumplir nuestros derechos. ¡No los dejes!

Bibliografía:
ALVES, Marco Aurélio. Un poco de historia del derecho del consumidor en Brasil. Disponible en: http://www.maalves.com.br/artigos/Um%20pouco%20da%20historia%20do%20right%20do%20consumidor%20no%20Brasil.pdf

Reforma del Código de Protección al Consumidor. Disponible en: http://oglobo.globo.com/economia/defesa-do-consumidor/senado-aprova-reforma-do-cdc-com-medidas-de-prevencao-ao-superendividamento-17657149

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