Decimotercer salario – Ley

Además del salario que recibe el trabajador cada mes, existen otros beneficios que se incorporan indirectamente a sus ingresos. En Brasil, ejemplos de dos de ellos son el decimotercer salario y las vacaciones pagadas.

Conocido como el decimotercer salario, el bono de Navidad se instituyó en Brasil en 1962 y garantizaba a los trabajadores el equivalente a 1/12 de su salario mensual. Sería, en otras palabras, el pago de un salario extra al trabajador al final de cada año.

¿Eres estudiante, profesor o academia?

DATE DE ALTA EN NUESTRA RED SOCIAL!, Grupos de estudio, apuntes, escribe en tu propio blog, añadir tu academia o dar clases particulares y Aprende!!!.

Abrir un perfil

La ley que regula el bono es la misma encargada de su adopción, Ley nº. 4.090, del 13 de julio de 1962, reglamentado por el decreto núm. 57.155 del 3 de noviembre de 1965. Lo reciben tanto los trabajadores vinculados a la Consolidación de Leyes Laborales (CLT) como los servidores públicos. En definitiva, todos los empleados y funcionarios registrados tienen derecho a este beneficio, que ahora está consolidado por ley y cuyo pago se puede realizar en una o dos cuotas.

derecho a beneficiarse

Después de quince días de servicio, el trabajador ya tiene derecho a percibir el decimotercer salario. Los trabajadores urbanos o rurales, los trabajadores independientes y los trabajadores domésticos tienen derecho al pago de la prestación. Los empleados con menos de un año en la empresa también reciben el grado 13, pero el valor de su beneficio es proporcional al tiempo que llevan en la empresa.

Los jubilados y pensionados también reciben este beneficio, y el responsable del pago en este caso es el INSS. La cantidad viene con la nómina. Los que están de baja por enfermedad por accidente de trabajo también reciben la prestación, pero solo durante unos 15 días, ya que hubo un incumplimiento de su contrato de trabajo. Finalmente, el empleado despedido sin justa causa tiene derecho a un grado 13 proporcional a los meses en los que trabajó.

El empleado despedido por justa causa, el becario y el empleado que cumple el servicio militar obligatorio no tienen derecho al beneficio.

Cálculo del 13

El valor del decimotercer salario es proporcional al número de meses del año en que la persona está empleada. Así, el empleado contratado desde enero de un año determinado recibe la misma cantidad que su salario. Si fue contratado en otro mes, el día 13 debe calcularse proporcionalmente.

Para calcular el 13, el empleado debe dividir su salario por doce y luego multiplicar por el número de meses contratados. La persona que comenzó a trabajar el 1 de junio debe dividir el salario por 12 y multiplicarlo por seis. Pero si el empleado comenzó a trabajar el 20 de junio, por ejemplo, se necesitan dos cuentas: primero, debe dividir su salario entre 12; el resultado se multiplicará por el número de meses trabajados durante treinta días completos. El segundo cálculo debe realizarse utilizando el valor de todo el mes, dividiéndolo entre 30 días. Este valor debe multiplicarse por el número de días trabajados en el mes, en este caso 10 días. Una vez obtenidos los dos resultados, simplemente súmelos y llegaremos al valor del 13.

Si las horas extraordinarias o las comisiones son frecuentes, el trabajador tiene derecho a una cantidad superior a la decimotercera. Para que esto suceda, la empresa tiene que hacer un promedio de los valores de las horas o comisión que se agregarán al bono.

Es importante señalar que para los empleados que reciben un salario variable, por ejemplo, en casos de comisión o tarea, el decimotercer salario debe calcularse con base en el promedio de 1/11 de la suma de dichas comisiones o tareas, de enero a Noviembre, más el salario fijo.

Finalmente, en el caso de un accidente de trabajo, las ausencias no se tienen en cuenta para el cálculo del día 13. Sueldo. En los primeros quince días de baja, la empresa deberá abonar la bonificación como si el empleado estuviera trabajando con normalidad. Pasado el día 16 y hasta la devolución, deberá complementar la bonificación recibida por la Seguridad Social, hasta el valor del salario de diciembre.

Pago

Por ley, el empleador puede pagar el beneficio dos veces o todas a la vez. Si el empleador elige un pago único, debe realizarse antes del quinto día hábil de diciembre. Es importante recordar que los anticipos no se pueden pagar a plazos.

En cuanto a los empleados de ventas, la empresa debe verificar con el sindicato de la categoría si los valores de las comisiones deben actualizarse y por qué índice. En el caso de los empleados en baja por enfermedad (distinta a la laboral), en los primeros 15 días la empresa es responsable de abonar el 13º salario y el resto del periodo de baja hasta su reincorporación al trabajo es responsabilidad de Social Seguridad. En cuanto al decimotercer salario de una trabajadora embarazada en baja por maternidad, la empresa es responsable de abonarlo con la compensación posterior, mediante una deducción en el pago de la seguridad social de la bonificación por el período de baja.

El empleado que haya trabajado al menos 15 días en un determinado tendrá derecho a 1/12 del decimotercero como si hubiera trabajado todo el mes.

En el caso de probables ausencias, como en un accidente de trabajo, la empresa deberá abonar el 13º salario íntegro, ya que se entiende que solo se producirá una interrupción del contrato de trabajo.

Los empleados que están o estuvieron con paga por enfermedad, en cambio, reciben de la empresa el decimotercer salario proporcional al período de trabajo efectivo, considerando los primeros 15 días de ausencia y el tiempo antes y después de la ausencia. Desde el día 16 hasta el último día de licencia, corresponde al sistema de seguridad social asumir el pago de la prestación.

primera instalación

La primera cuota se paga entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre, no es obligatorio pagarla en enero, o se paga en vacaciones durante el año. El empleado, sin embargo, puede solicitar el anticipo del mes 13 junto con el pago de las vacaciones, mediante solicitud por escrito a la empresa hasta enero del año de vacaciones. El documento de trabajo colectivo puede firmar un plazo diferente.

El anticipo de la primera cuota debe corresponder a la mitad de la retribución adeudada al empleado en el mes anterior. Esta porción corresponde a la mitad del salario mensual del mes anterior para los empleados mensuales por horas, que se consideran 220 horas y 30 días.

Algunas ausencias del servicio no se tienen en cuenta para el cálculo del decimotercer salario. Son ellas:

  • hasta 2 días consecutivos, por fallecimiento del cónyuge, ascendiente, descendiente.
  • hasta 3 días consecutivos por matrimonio.
  • durante 5 días como baja por paternidad.
  • durante 1 día cada 12 meses, en el caso de donación voluntaria de sangre.
  • hasta 2 días consecutivos para el alistamiento electoral.

El artículo 473 del CLT ofrece otras posibilidades.

Segunda porción

La segunda cuota, que totaliza el decimotercer sueldo, corresponde al sueldo mensual de diciembre, deberá ser pagada antes del 20 de diciembre del mes corriente, descontando las deducciones de los cargos aplicables y el monto correspondiente a las cuotas pagadas como anticipo. Esto está sujeto al INSS, Seguridad Social Municipal, FGTS y Retención del Impuesto sobre la Renta.

En caso de aumento de sueldo después de la primera cuota del 13, la segunda cuota adeuda será la mitad del nuevo sueldo. Si el aumento se produjo antes de que el empleado recibiera la primera cuota, ambos deben referirse al salario con el aumento.

A la terminación del contrato de trabajo, habrá una compensación en el plazo de terminación del contrato. Tras la rescisión del contrato de trabajo por culpa recíproca, el 13 se vence a la mitad. Cuando la situación implique despido injustificado, jubilación, rescisión del contrato por plazo fijo y solicitud de despido por parte del empleado, incluso antes de diciembre, el día 13 será proporcional.

El día 13 del mes en que el empleado trabajó menos de 15 días no será vencido, sin causa justificada o como consecuencia de sanción disciplinaria y cese del empleo por justa causa. No se descuentan las ausencias legales y justificadas del servicio.

Cargos

Además del salario recibido directamente por el empleado, las horas extraordinarias habituales, las propinas recibidas, no solo el monto fijo sino también las comisiones, porcentajes, bonificaciones ajustadas, viáticos (siempre que superen el 50% del salario percibido por el empleado) y indemnizaciones pagadas por el empleador, de conformidad con el artículo 457 de la CLT.

Es necesario recordar que el valor de las dos cuotas no es el mismo. La segunda cuota tiene deducciones del INSS y del impuesto sobre la renta. Por lo tanto, si el salario del empleado sigue siendo el mismo entre pagos, la segunda cuota será menor.

El Fondo de Cesantía para Empleados (FGTS) debe estar incluido en el pago de cada una de las cuotas, a realizarse antes del día 7 del mes siguiente.

Los adicionales por trabajos nocivos y peligrosos se incluyen en el pago del decimotercer salario, ya que forman parte de la retribución convencional del empleado. No se calcula el promedio de estos adicionales, ya que son porcentajes aplicados a valores determinados (salario mínimo o salario base, según sea el caso). Las horas extraordinarias también forman parte del decimotercer salario.

Cuando el empleado realiza un número variado de horas extraordinarias o nocturnas durante el año, el empleador debe calcular el promedio de las horas, que se utilizará tanto para las horas extraordinarias como para la compensación nocturna. Cuando el empleado realiza un número regular de horas extraordinarias u horas nocturnas, sin variación, no necesita hacer el promedio, solo tiene que incluir sus valores.

Bibliografía:
Dudas sobre el decimotercer salario. Disponible en: .

Descubra quién tiene derecho y cómo funciona el decimotercer salario. Disponible en: .

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *