Pesca en el río
Pesca en el río

El acto de pescar.

CORRECTO

Pesca en Francia

Pesca de agua dulce

El derecho a pescar en las vías fluviales estatales es responsabilidad del Estado. En otros cursos de agua, está sujeto a la autorización del propietario ribereño, que tiene el derecho a la mitad del curso de agua. Para aguas cerradas, el dueño del fondo es dueño del agua.

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Nadie puede pescar si no forma parte de una asociación autorizada para la pesca y la protección de los medios acuáticos, y si no ha pagado una tasa piscícola. La licencia de pesca permite pescar con un solo sedal en aguas donde el derecho a pescar pertenece al Estado. Para garantizar la renovación de especies, la pesca puede estar prohibida para algunas de ellas.

La pesca está permitida en el período comprendido entre media hora antes del amanecer y media hora después del atardecer. Está prohibido por la noche, salvo autorización del prefecto para determinadas especies. Cada especie tiene un tamaño mínimo de captura. Se pueden imponer cuotas diarias (por ejemplo, diez truchas por día por pescador).

En Francia, el Consejo Superior de Pesca es el organismo central para la gestión de la pesca de agua dulce. Las asociaciones departamentales transmiten su acción. El Ayuntamiento y las asociaciones departamentales emplean guardias de pesca, encargados de advertir y sancionar las infracciones de la normativa pesquera. Estos guardias luchan contra la caza furtiva y contra la contaminación de las vías fluviales.

Pesca submarina

La pesca submarina recreativa está prohibida para niños menores de dieciséis años y no se puede practicar con un aparato de respiración. Está autorizado entre el amanecer y el atardecer. Este deporte se puede practicar previa autorización de Asuntos Marítimos u obteniendo una licencia de un club de buceo. Los equipos, las especies protegidas, las zonas y períodos de veda están sujetos a reglamentación.

Pesca en el mar

La pesca en el mar en agua salada es gratuita. En aguas territoriales, el Estado ribereño tiene derecho exclusivo a pescar. El estado costero también tiene derechos soberanos en la zona económica exclusiva. En alta mar, las convenciones internacionales protegen a las especies contra la captura excesiva: Convención de Ginebra sobre Pesca y Conservación de los Recursos Vivos del Mar (1958); Convención de las Naciones Unidas de Montego Bay sobre el Derecho del Mar (1982), Código de Conducta de la FAO sobre Pesca Responsable (1995).

La Unión Europea es competente para gestionar las pesquerías de todos los Estados miembros, a los que asigna un “total admisible de capturas” (TAC) por especie y fija cuotas entre países. La disputa sobre zonas de pesca se lleva ante la Corte Internacional de Justicia.

GEOGRAFÍA

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