Servidor público – Derecho –

se llama empleado estatal la persona física que presta servicios al Estado ya las entidades de administración indirecta, con relación laboral y mediante remuneración con cargo a las arcas públicas. Los servidores públicos ocupan cargos públicos, mantienen una relación estatutaria y forman parte de la administración directa, la autarquía o la fundación pública.

La constitución de 1988 abandonó el concepto de funcionarios públicos, adoptando la designación más amplia de funcionarios públicos. Los servidores públicos, que tienen un tratamiento específico en los artículos 39 a 41, reciben distinción dentro de la carta magna. El servidor público en su concepto genérico no solo es parte de la administración pública, es efectivamente el Estado, una entidad abstracta, representada por personas naturales. , quienes ejercerán su cargo o función con vistas al interés público y al bien común, según la teoría subjetiva de la Administración Pública.

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La relación jurídica que une el poder público a los titulares de cargos públicos es de carácter estatutario, institucional. Esto significa que el Estado puede alterar legislativamente el régimen de derechos y obligaciones recíprocos existente al momento de ingresar al servicio público.

La doctrina entiende que existen tres tipos de servidores públicos:

1 – empleados estatutarios, titulares de cargos públicos provistos por examen público, de acuerdo con el art. 37, II, de la constitución federal. Se rigen por un estatuto, establecido por ley, para cada una de las unidades de la federación. Los nuevos empleados, al ser investidos en el cargo, ya ingresan a una situación legal previamente señalada.

2 – empleados públicos, ocupantes de empleo público, y también amparados por concurso público (art. 37, II, de la Constitución Federal). También se les llama funcionarios públicos y están contratados bajo el régimen CLT. Sus cargos se cubren mediante examen público y están sujetos a los demás preceptos constitucionales relativos a la investidura, acumulación de cargos, sueldos y determinadas garantías y obligaciones previstas en el Capítulo VII de la Constitución. El funcionario CLT está subordinado a dos sistemas, integrado y dependiente: la administración pública y también el sistema laboral funcional. El primero impone reglas sobre la impersonalidad, publicidad, legalidad, moral administrativa, oportunidad del administrador, así como la motivación del acto administrativo. En el segundo, tenemos las líneas generales de los derechos y deberes mutuos en la ejecución del contrato y los efectos de su extinción. Cuando la Administración Pública es contratada por la CLT, equivale al empleador privado, sujeto a los mismos derechos y obligaciones que este último.

3- Los empleados temporales son contratados para realizar funciones temporales, mediante un régimen legal especial, regido por la ley de cada unidad de la federación. No se permite la posterior admisión de este funcionario a un cargo efectivo sin un examen público.

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Bibliografía:
DORADO, Augusto. Definición de servidor público. Disponible en: .
Servidor público – Concepto y terminología. Disponible en: .

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