Tribunal Especial – Poder Judicial

Se llama Tribunal especial el órgano del Poder Judicial establecido y regulado por la ley número 9099 de 1995, que tiene como objetivo brindar a la población en general un acceso más rápido y efectivo a la justicia.

En el artículo segundo de la citada ley 9099, tenemos los principios que rigen todos los procesos dentro de la jurisdicción de los Tribunales:

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oralidad – el principio de oralidad busca aportar la menor documentación física posible de los actos procesales (es decir, acumulación exagerada de papeles y documentos). Así, solo se registran aquellos actos que se consideran imprescindibles para ser registrados.

Sencillez – ese principio nunca se había utilizado antes de la llegada del Tribunal Especial al sistema jurídico. La idea central detrás de la introducción de este principio es orientar la forma en que debe operar el tribunal, buscando un estándar de claridad, simple, accesible, buscando brindar un mejor entendimiento de las partes, buscando eliminar cualquier obstáculo o dificultad. También buscamos abordar la complejidad de las causas presentadas.

Informalidad – Este principio tiene como objetivo reducir el rigor formal y rígido que caracteriza a la justicia común. Los actos jurídicos deben tener su forma reducida al mínimo necesario. Se prescinde de todo el elemento no esencial, buscando así lograr su propósito de manera más objetiva y eficaz.

economía procesal – Con el principio de economía procesal, buscamos presentar a quienes buscan al Poder Judicial la consecución de un resultado práctico, efectivo, ahorrando tiempo, costos y esfuerzos de todo tipo. La economía en las actividades procesales se torna fundamental en los procesos judiciales, buscando aprovechar al máximo un proceso, haciéndolo realmente efectivo, un proceso con resultados reales.

velocidad – Este principio está en el corazón de la creación de los Tribunales Especiales, que es la búsqueda de una respuesta rápida a la solicitud de los servicios del poder judicial por parte del individuo común. Esto sin olvidar un procedimiento eficaz que resuelve eficazmente el problema. Si bien algunos académicos aún quieren argumentar que un proceso más largo trae mayor seguridad jurídica, resultando en una mayor profundización del juez en el tema, el éxito que los tribunales especiales han venido obteniendo en la resolución de temas de manera rápida y efectiva vuelca y hace completamente arcaico tal una idea.

Ayuda a corroborar el principio de celeridad (quizás el más costoso para el establecimiento de Tribunales Especiales), el ítem LXXVIII agregado al artículo quinto de la constitución brasileña, estableciendo que «todos, en el ámbito judicial y administrativo, tienen asegurado un razonable duración del proceso y los medios que garantizan la rapidez de su tramitación «.

Finalmente, el principal objetivo de la Corte Especial es aliviar la Justicia Común, reducir el tiempo, el costo y la acumulación de demandas que obstaculizan de manera incurable la justicia brasileña, una experiencia que se ha mostrado correcta hasta el día de hoy.

Bibliografía:
http://www.planalto.gov.br/ccivil/leis/L9099.htm
http://www.viajus.com.br/viajus.php?pagina=artigos&id=1081

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