Tutela – Derecho –

Lleva el nombre de Consejo Tutelar el organismo público permanente, autónomo y no jurisdiccional, cuyo objetivo es velar por el cumplimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia. A pesar de estar vinculado administrativamente al Poder Ejecutivo, no es un organismo gubernamental, sino estatal.

El consejo de tutela actúa cuando los derechos de la niñez y adolescencia son amenazados o violados por la sociedad, el estado, los padres, tutores o por su propia conducta. En un aspecto más amplio, la agencia se presta a atender al estrato de población más desatendido por las políticas públicas. Podemos encontrar sus atribuciones específicas en el Estatuto de la Niñez y la Adolescencia (ECA) entre los artículos 95 y 136.

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Los concejales tutores forman parte del consejo tutelar, personas que actúan como portavoces de sus respectivas comunidades, y trabajan con órganos y entidades para garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia. Cinco miembros son elegidos mediante voto directo de la comunidad, por un período de tres años. Deberán atender a los niños, niñas y adolescentes y avisar a los padres o tutores cuando exista incumplimiento de la protección prevista en el ECA, aplicando la medida adecuada.

En la mayoría de los casos, la acción se realiza a través de una denuncia, que es anónima y se puede realizar llamando a los ayuntamientos. El consejo tutelar se refiere a los problemas de negligencia, discriminación, explotación, violencia, crueldad y opresión. Al recibir una denuncia, la agencia comienza a monitorear el caso, buscando una solución satisfactoria al problema.

Además del límite funcional, establecido por las disposiciones contenidas en el ECA, el consejo de tutela debe observar un límite territorial, definido por el lugar donde puede actuar. Aún existen determinadas atribuciones que se atribuyen erróneamente al consejo de tutela, como el registro y la incautación de niños, adolescentes o sus pertenencias. Dicha atribución corresponde al alguacil, mediante orden judicial. Asimismo, la autorización para viajar o desfilar recae en el Comisionado de Niñez y Juventud. Finalmente, la autorización de custodia es responsabilidad del juez, quien otorga la decisión, cuando un abogado presenta una petición de regularización de la custodia o su modificación.

Una vez creado, el consejo de tutela no se puede extinguir, por lo que se clasifica como permanente. Su condición asegura la protección de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia de manera continua e ininterrumpida, sin recibir injerencias externas. Aun así, sus actuaciones están sujetas a fiscalización por órganos responsables como el Ministerio Público y la Justicia de Menores.

Bibliografía:
Asesoramiento sobre tutela. Disponible en: .

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