Seguro de Desempleo – Ley –

Lleva el nombre de seguro de desempleo un beneficio que integra la seguridad social. Su propósito es brindar asistencia financiera temporal al trabajador despedido involuntariamente.

El beneficio permite la ayuda económica temporal, de tres a cinco cuotas, según el valor del último salario del trabajador, hasta un límite a calcular. Una vez reinsertado en el mercado laboral o simplemente disponiendo de los medios para obtener ingresos suficientes para mantenerse, el usuario del seguro deberá cancelar el beneficio, bajo pena de pérdida del mismo, además de imponer una multa.

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El instituto del seguro de desempleo fue introducido en Brasil en 1986, y con la llegada de la actual constitución, en 1988, pasó a formar parte del conjunto de leyes fundamentales, previstas en el artículo 7 entre los denominados Derechos Sociales. El programa de seguro de desempleo también tiene una ley específica, número 7.998 / 90.

O seguro-desemprego integra o Programa do Seguro-Desemprego, destinado a prover assistência financeira temporária ao desempregado dispensado sem justa causa, bem como auxiliar o trabalhador na manutenção e busca de emprego, por meio de ações de intermediação de mão-de-obra e calificación profesional.

objetivo

El seguro de desempleo se creó con el propósito de distribuir entre las personas los riesgos que corren, de quedarse desempleados y perder ingresos del trabajo. Su presencia contribuye a la economía de mercado, ya que evita que los trabajadores dejen de consumir, proporcionando un cierto grado de bienestar. El seguro de desempleo funciona a nivel macroeconómico como estabilizador, actuando a menudo como una especie de compensación anticíclica.

Financiación

Su fuente de financiamiento es el Fondo de Apoyo al Trabajador (FAT), formado por aportes de PIS y Pasep que son recaudados por los empleadores a razón del 0,65% sobre los ingresos brutos de las empresas. De este total, el 40% se transfiere al BNDES para financiamiento en programas de desarrollo económico y el otro 60% se utiliza para pagar el Bono Salarial y financiar el Programa de Seguro de Desempleo.

Población objetivo

Con cobertura geográfica nacional, la asistencia del seguro de desempleo generalmente se asocia solo con los trabajadores despedidos sin una causa justa, pero el instituto se planeó para atender a otros tipos de profesionales, como

  • pescadores artesanales;
  • trabajadores domésticos despedidos sin justa causa;
  • trabajadores con una relación laboral suspendida para tomar cursos de calificación profesional pagados por el empleador;
  • trabajadores rescatados de una condición análoga a la esclavitud.

Modalidades

El seguro de desempleo tiene cinco tipos:

1- Seguro de desempleo formal

Iniciada en 1986, esta acción consiste en el pago de la prestación prevista en la Ley N ° 7.998, de 11 de enero de 1990, combinada con la Ley N ° 8.900, de 30 de junio de 1994. Tiene por objeto brindar asistencia económica temporal a los desempleados. trabajadores, despedidos sin justa causa y que cumplan con los requisitos de la ley.

2- Seguro de desempleo del pescador artesanal

Este beneficio, iniciado en 1992, está destinado al pescador profesional cuya actividad sea artesanal, individual o en régimen de economía familiar, incluso con la ayuda ocasional de socios, quienes debieron interrumpir las actividades debido al período de veda para la preservación de la especie. , la llamada defensa.

3 – Beca habilitante

La Beca de Calificación Profesional se inició en 1999 y fue regulada por la Medida Provisional No. 2.164-41, de 24 de agosto de 2001 (vigente de conformidad con el artículo 2 de la Enmienda Constitucional No. 32 de 11 de septiembre de 2001).

Está dirigido a trabajadores con contrato de trabajo suspendido que estén debidamente matriculados en algún curso o programa de cualificación profesional ofrecido por el empleador. Es un canal que permite elevar el nivel de cualificación profesional.

4 – Seguro de desempleo para trabajadores domésticos

Acción iniciada en 2001, que prevé el pago de la prestación establecida por la Ley N ° 10.208 de 23 de marzo de 2001. Proporciona asistencia económica temporal a los empleados domésticos que sean despedidos sin justa causa, por el monto de un salario mínimo, con cada asegurado. recibiendo un máximo de tres cuotas.

5 – Seguro de desempleo del trabajador rescatado

Esta es la forma más nueva de seguro de desempleo, iniciada en 2003. Es una ayuda temporal que se otorga a los trabajadores rescatados de un régimen de trabajo forzoso o de una condición similar a la esclavitud. Su beneficiario tiene derecho a un máximo de tres cuotas por el monto de un salario mínimo.

Criterios de calificación

Para tener derecho al seguro de desempleo, el solicitante debe demostrar:

  • Haber sido despedido sin causa justificada;
  • Haber recibido sueldos consecutivos en los seis meses anteriores a la fecha de despido;
  • Haber trabajado durante al menos seis de los últimos treinta y seis meses;
  • No reciba beneficios de la provisión continua de seguridad social, como jubilación, pago por enfermedad, ayuda de prisión, etc. (excepto asistencia por accidente y pensión por fallecimiento);
  • No tener ingresos propios iguales o superiores al salario mínimo para mantenerse a sí mismos y a sus familias;
  • Haber sido empleado por una persona jurídica o persona física equivalente a una persona jurídica, en al menos seis de los últimos treinta y seis meses anteriores a la fecha del despido;

Procedimiento

En caso de ser despedido sin justa causa, el trabajador deberá acudir a una de las estaciones de servicio del Ministerio de Trabajo y Empleo (MTE): Oficina Regional de Trabajo (DRT), Sistema Nacional de Empleo (Sine) o agencias acreditadas de Caixa Econômica Federal.

El MTE entiende que el trabajador tiene del 7 al 120 día posterior a la fecha de su despido para solicitar la solicitud, debiendo presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud de seguro de desempleo SD / CD (2 copias – verde y marrón)
  • Tarjeta PIS-PASEP, extracto actualizado o Tarjeta Ciudadana
  • Tarjeta de trabajo y seguro social (CTPS)
  • Plazo de rescisión del contrato de trabajo – (TRCT)
  • documentos de identificación: cédula de identidad o acta de nacimiento; certificado de matrimonio o licencia de conducir nacional o permiso de trabajo o pasaporte o certificado de reservista;
  • tres últimos cheques de pago de los tres meses anteriores al mes del despido;
  • Documento de reconocimiento de depósitos FGTS (CPFGTS) o constancia de depósitos o informe de inspección o documento judicial (Certificado de Comisiones de Conciliación Previa / Centros Intersindicales / Sentencia / Certificado de Justicia)
  • comprobante de domicilio
  • prueba de educación

Es importante destacar que no es obligatorio retirar el FGTS para solicitar el Seguro de Cesantía, sino presentar uno de los documentos mencionados anteriormente. El trabajador deberá presentar comprobante de pago del FGTS, extracto de FGTS o documento legal únicamente para acreditar la relación.

Así, una vez ingresados ​​los datos del solicitante en el sistema del seguro de desempleo, el proceso de calificación del trabajador, la validación de la información y, finalmente, el pago de la prestación, que se da a conocer treinta días después de la fecha de solicitud, si no es necesario recurso administrativo. como resultado de la notificación de la solicitud.

Los beneficios pueden ser de tres tipos:

  1. 3 cuotas, fianza comprobada de 6 a 11 meses;
  2. 4 cuotas, fianza comprobada de 12 a 23 meses;
  3. 5 cuotas, fianza comprobada de al menos 24 meses.

segundo orden

Una ordenanza publicada en el Diario Oficial de la Unión en octubre de 2013 modificó el Decreto No. 7721, de 16 de abril de 2012. Este se encarga de regular el condicionamiento de percibir el seguro de cesantía a prueba de matrícula y asistencia a un curso de formación inicial y continua Cualificación profesional, con una carga mínima de trabajo de 160 horas.

Anteriormente, los trabajadores que solicitaban la prestación por tercera vez en un plazo de diez años debían realizar el curso de formación inicial y continua o de cualificación profesional. Ahora, el curso es un requisito obligatorio en la segunda vez que se solicita el instituto.

El Ministerio de Trabajo sostiene que esta medida sirve para incentivar a los trabajadores a regresar rápidamente al mercado y evitar que rechacen trabajos acordes con su calificación y salario anterior, sin una justificación sólida.

El curso de formación debe ser autorizado por el Ministerio de Educación y es presencial, puesto a disposición al momento de solicitar el seguro de desempleo. Es ofrecido por la Red Federal de Educación Profesional, Científica y Tecnológica, por escuelas estatales de educación profesional y tecnológica y por unidades nacionales de servicios de aprendizaje como Senac y Senai. Se administran durante el día, 4 horas al día. La carga mínima es de 160 horas, en horario comercial, de lunes a viernes, y los participantes reciben cupones de alimentos, transporte y material didáctico. El curso es gratuito y el trabajador sigue recibiendo el beneficio durante todo el proceso. Puede ser educación inicial y continua o calificación profesional.

Los cursos están orientados al perfil de los trabajadores y las características locales del mercado laboral. La preinscripción o denegación se realiza en las dependencias del Ministerio de Trabajo y Empleo o afiliados al Sistema Nacional de Empleo (Sine), cuando el trabajador solicita el seguro de cesantía. La concesión del beneficio está sujeta a acreditación de matrícula y asistencia al curso. Si el empleado rechaza la preinscripción, el seguro puede ser cancelado e incluso puede perder el beneficio si no se inscribe dentro del plazo establecido o no asiste al curso.

Si no existe un curso compatible con el área de actividad y educación del trabajador en el municipio o región metropolitana del domicilio del trabajador o en un municipio vecino, el solicitante podrá recibir el beneficio sin necesidad de realizar el curso. El trabajador puede optar por un curso en otra área, pero la negativa a realizar un curso compatible con su perfil profesional conlleva la cancelación inmediata del seguro de desempleo. Así, una nueva solicitud requerirá una nueva relación laboral con cese involuntario, lo que requiere un nuevo análisis y remisión a los cursos.

Bibliografía:
Seguro de desempleo formal. Disponible en: http://www.trabalho.df.gov.br/trabalhador/seguro-desemprego/seguro-desemprego-formal.html.
Seguro de desempleo. Disponible: < http://ces.ibge.gov.br/base-de-dados/metadados/mte/seguro-desemprego >.
El curso se requerirá en la segunda solicitud de seguro de desempleo en 10 años. Disponible en: .

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