Comisión Nacional de la Verdad – Historia de Brasil

LA Comisión Nacional de la Verdad (CNV) fue creada durante el gobierno presidencial de Dilma Rousseff, el 18 de noviembre de 2011, con el propósito de “rescatar la memoria de las violaciones de derechos humanos” promovidas por Agentes del Estado contra opositores políticos entre los años de 1946 y 1988 (Cf. Informe CNV). La CNV fue creada para aunar esfuerzos en la investigación de casos de muertes y desapariciones políticas, colaborando así con familiares que desconocían el paradero real de hermanos, hijos, padres desaparecidos en el período en cuestión. La Comisión fue apoyada por la Ley 12.528, que prevé el nombramiento de siete brasileños idóneos para componerla, designados por el Presidente de la República. Para reconocer estos delitos y reparar a las víctimas, fue necesario reinterpretar la Ley de Amnistía promulgada el 28 de agosto de 1979.

La Ley de Amnistía permitió la absolución de los delitos políticos cometidos durante la dictadura militar (1964-1985) tanto por activistas políticos opuestos al régimen como por agentes del Estado. Esta ley, promulgada durante el gobierno del general João Figueiredo, fue una de las medidas de la “transición lenta, gradual y segura” iniciada durante el gobierno del general Geisel. La ley pretendía asegurar la transición entre la dictadura militar y la “democracia” liberal sin que el Estado y sus agentes sean responsabilizados por las muertes, torturas y persecuciones que llevaron a cabo, así como los militantes políticos perseguidos pudieron regresar del exilio y habían reembolsos de derechos políticos. El artículo 12 de la Ley de Amnistía establece que no habrá indemnización ni reembolso de ningún tipo a la amnistía.

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Se realizó una nueva valoración de la Ley de Amnistía en el caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia) versus Brasil, de 24 de noviembre de 2010, juzgado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). En esta sentencia se consideró que prevenir la investigación y sanción de la violencia perpetrada por agentes del Estado es contraria a la asociación de Brasil con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte Interamericana también determinó que se debe responsabilizar al Estado por las muertes y desapariciones de los cuerpos de la guerrilla de Araguaia y que este delito sea tipificado de acuerdo con los estándares internacionales. Para investigar y reparar casos de violencia estatal, la Corte Interamericana sugirió la creación de una Comisión Nacional de la Verdad en Brasil.

La CNV en Brasil tenía algunas peculiaridades en relación con otras comisiones que también pretendían “examinar y esclarecer graves violaciones a los derechos humanos” (artículo 1 de la Ley 12.528). La primera fue su promulgación en forma de Ley, en otros países donde se establecieron Comisiones similares, el Poder Ejecutivo las constituyó. La Comisión Nacional de la Verdad de Brasil fue la que examinó los casos que ocurrieron en un período de tiempo más largo que los demás, los hitos establecidos fueron las promulgaciones de las dos Constituciones alineadas con la democracia liberal: la Constitución de 1946 y la Constitución de 1988. La CNV En Brasil también se investigaron casos ocurridos fuera del territorio nacional, situaciones similares fueron raras en otras Comisiones. Entre las similitudes con otras Comisiones se encuentran los vínculos establecidos por el Estado brasileño con los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA). Estos vínculos fueron el principal criterio para la sugerencia de la Corte Interamericana de la creación de una Comisión de la Verdad en Brasil.

La CNV fue precedida por la Comisión Especial de Muertes y Desapariciones y la Comisión de Amnistía, que también pidió la rendición de cuentas del Estado por los activistas políticos asesinados y desaparecidos durante la Dictadura Militar (1964-1985). La actuación de estas comisiones permitió reconocer que quienes murieron y desaparecieron como consecuencia de la acción política fueron víctimas de la represión sistemática del Estado. Tras el reconocimiento de estos delitos por parte del Estado, se indemnizó a los familiares y se promovió la posible reparación moral en el marco del liberalismo. Estas reparaciones también se otorgaron a quienes sufrieron persecución política, fueron encarcelados ilegalmente, torturados, despedidos o forzados al exilio.

Se estableció un carácter temporal para la CNV, al igual que en modelos similares de mecanismos de “Justicia Transicional” creados en más de treinta países, por lo que la CNV finalizó sus actividades el 10 de diciembre de 2014, conforme a lo dispuesto en la Ley 12.528. La Ley de Acceso a la Información (Ley 12.527 / 2011), redactada simultáneamente con la Ley de creación de la Comisión Nacional de la Verdad, ayudó a la actividad de la comisión al garantizar el acceso a documentos relacionados con la violencia de los Agentes del Estado. Y, según el informe final de la CNV, la Ley de Acceso a la Información continuará el «derecho a la memoria y la verdad histórica» ​​debido a la exigencia de transparencia en el manejo de la información pública a la que puede acceder cualquier persona y / o entidad (Cf. Informe CNV). El material recolectado por la CNV fue transferido al Archivo Nacional, que pone a disposición la colección a través del Proyecto Recuerdos Revelados.

A pesar de investigar casos de tortura y asesinatos cometidos por agentes estatales y denunciar su autoría, la CNV no se responsabilizó de juzgar los efectos penales de los casos. Por lo tanto, ningún torturador investigado fue arrestado o sancionado de otra manera, a pesar de las sugerencias de organismos internacionales de que estos casos deberían ser castigados de acuerdo con las normas internacionales. Tampoco le correspondía a la CNV investigar los casos de violencia por parte de agentes del Estado en períodos anteriores y posteriores a los propuestos, a pesar de los reiterados casos de tortura y asesinatos perpetrados por la policía militar en el país, cometidos con posterioridad a la elaboración de la Constitución de 1988. Cabe señalar que no estaba entre los propósitos de la Comisión Nacional de la Verdad investigar casos de violencia estatal luego de la alineación del país con los tratados de derechos humanos de organismos internacionales.

Referencias

Brasil. Comisión Nacional de la Verdad. Informe / Comisión Nacional de la Verdad. Vol. 1. Brasilia: CNV, 2014. Disponible en: http://cnv.memoriasreveladas.gov.br/images/pdf/relatorio/volume_1_digital.pdf. Consultado el 8 de febrero de 2020 a las 9 am y 53 pm.

Ley No. 6.683. Disponible: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/L6683.htm Consultado el 8 de febrero de 2020 a las 9 am y 49 pm.

Ley No. 12.528. Disponible: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2011-2014/2011/Lei/L12528.htm. Consultado el 7 de febrero de 2020 a las 9 am y 46 pm.

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